2026-08-24

Avería eléctrica en un alquiler: ¿quién paga?

Le salta el diferencial cada dos por tres, se queda media casa sin luz o huele a quemado en el cuadro, y usted vive de alquiler. La duda es siempre la misma: en una avería eléctrica en un alquiler, quién paga la reparación, ¿el propietario o el inquilino? La respuesta corta es que casi siempre el propietario, pero hay excepciones concretas que conviene conocer antes de discutir, porque el conflicto suele nacer de no saber dónde está la línea.

En este artículo le explicamos qué dice la ley, cuál es el criterio práctico que usan los técnicos y los administradores de fincas, dónde termina la responsabilidad de la compañía distribuidora y empieza la suya, y qué casos concretos se reparten entre propietario, inquilino y comunidad de vecinos. Con ejemplos reales de lo que vemos a diario en pisos de Almería.

Lo que dice la ley: el artículo 21 de la LAU

La norma de referencia es el artículo 21 de la Ley de Arrendamientos Urbanos (Ley 29/1994). Establece dos obligaciones que se complementan.

El arrendador (propietario) está obligado a realizar todas las reparaciones necesarias para conservar la vivienda en condiciones de habitabilidad, sin poder subir la renta por ello. No hace falta ser jurista para entender que una vivienda sin electricidad segura no es habitable.

El arrendatario (inquilino) asume las pequeñas reparaciones que exija el desgaste por el uso ordinario de la vivienda. Cambiar una bombilla fundida, reponer un fluorescente o sustituir la pila del termostato entra aquí.

La clave está en la excepción: el propietario responde salvo que el deterioro sea imputable a un mal uso del inquilino. Si un inquilino conecta seis aparatos de alto consumo a una regleta y quema la base del enchufe, la reparación no es cuestión de habitabilidad, es cuestión de responsabilidad.

La LAU no fija un importe concreto para "pequeña reparación". En la práctica se suele usar como orientación la franja de los 100-150 euros, pero no es un criterio legal, sino de costumbre. El criterio real es la causa, no el precio.

El criterio que de verdad funciona: la causa, no la factura

Muchos conflictos entre casero e inquilino se plantean mal desde el principio, porque se discute sobre cuánto cuesta la reparación en lugar de sobre por qué se ha averiado.

Piense en tres preguntas, en este orden:

  1. ¿El elemento averiado forma parte de la instalación fija de la vivienda? Cableado, cuadro eléctrico, mecanismos, tomas de corriente y puesta a tierra son instalación. Un flexo o una lámpara que trajo el inquilino, no.
  2. ¿El fallo se debe a antigüedad, degradación o defecto de la instalación? Si sí, es del propietario, aunque la factura sea pequeña.
  3. ¿El fallo se debe a un uso incorrecto, un golpe o una manipulación del inquilino? Si sí, es del inquilino, aunque la factura sea alta.

Un ejemplo que vemos mucho en pisos antiguos del centro de Almería: el inquilino se queja de que salta la luz al poner la lavadora. Al abrir el cuadro aparece un magnetotérmico de los años ochenta y un cableado de 1,5 mm² dando servicio a toda la casa. Eso no lo ha roto nadie: es una instalación agotada, y la reparación corresponde al propietario. Si le ocurre algo parecido, le interesa nuestra guía sobre qué hacer si salta el diferencial para identificar el circuito culpable antes de llamar a nadie.

El mapa de la instalación: dónde acaba la responsabilidad de cada uno

Antes de decidir quién paga, hay que saber dónde está la avería. Muchos propietarios pagan reparaciones que no les tocaban simplemente porque nadie les explicó el reparto.

Desde la red hasta la Caja General de Protección: la distribuidora

La acometida —el cable que llega desde la red de la calle hasta la Caja General de Protección del edificio— es responsabilidad de la compañía distribuidora, en Almería normalmente e-distribución. Si el fallo está ahí, ni usted ni su casero pagan nada: hay que avisar a la distribuidora, que atiende averías las 24 horas.

Señal típica: se ha quedado sin luz todo el edificio o todo el portal, y no hay ningún automático bajado en su cuadro.

Del contador a su cuadro: la derivación individual

El tramo que va desde el cuarto de contadores hasta su vivienda se llama derivación individual, y según el reglamento es responsabilidad del propietario de la vivienda, no de la comunidad, aunque el cable discurra físicamente por zonas comunes. Es una de las averías más caras y también la que más discusiones genera en juntas de vecinos.

De su cuadro hacia dentro: la instalación interior

Todo lo que hay a partir del cuadro general de mando y protección —circuitos, mecanismos, enchufes, puntos de luz, toma de tierra— es instalación interior privada. Aquí es donde se juega el reparto propietario/inquilino que estamos explicando.

Si aún no tiene claro cómo está organizado su cuadro, le será útil leer cómo funciona un cuadro eléctrico antes de intentar identificar el circuito afectado.

Casos frecuentes y quién paga cada uno

Estos son los avisos más habituales que recibimos en viviendas alquiladas, con el reparto que aplica en condiciones normales.

Paga el propietario:

  • Cableado antiguo, degradado o con aislamiento cuarteado.
  • Cuadro eléctrico obsoleto, sin diferencial o con protecciones insuficientes.
  • Falta de toma de tierra o toma de tierra deficiente.
  • Enchufes que se calientan por bases de mala calidad o mal conexionadas.
  • Olor a quemado en el cuadro o en las cajas de derivación.
  • Falta de boletín eléctrico o certificado caducado para dar de alta el suministro.
  • Averías provocadas por humedad estructural o filtraciones del edificio.

Paga el inquilino:

  • Bombillas, fluorescentes y cebadores fundidos por uso.
  • Mecanismos rotos por golpe: un interruptor arrancado, un embellecedor partido.
  • Daños por sobrecarga evidente, como quemar una base al enchufar varios aparatos de alto consumo con ladrones y regletas.
  • Averías causadas por sus propios electrodomésticos, incluida la mano de obra de diagnóstico si se demuestra que el origen era el aparato.
  • Manipulaciones no autorizadas: instalaciones "caseras", empalmes improvisados o aparatos conectados sin protección.

Zona gris (conviene pactarlo por escrito):

  • Un enchufe que deja de funcionar sin causa aparente. Suele ser un contacto flojo o un empalme degradado y, por tanto, del propietario, pero requiere diagnóstico. Le explicamos las causas en por qué un enchufe deja de dar corriente.
  • La revisión periódica de la instalación. La ley no obliga en viviendas, pero muchos contratos la incluyen como obligación del propietario.

Averías en zonas comunes: cuándo paga la comunidad

Si usted es propietario en un bloque, hay un tercer actor. Como regla general, la instalación eléctrica de elementos comunes —alumbrado de portal, escaleras, garaje, ascensor, portero automático, cuartos técnicos— corre a cargo de la comunidad de propietarios. Lo privativo empieza en su derivación individual.

Esto genera conflictos frecuentes en edificios de los años sesenta y setenta, muy habituales en Ciudad Jardín, donde el cuarto de contadores se ha quedado pequeño y modernizar una derivación individual obliga a tocar canalizaciones comunes. Nuestro consejo: pida siempre un informe técnico que delimite exactamente qué tramo está averiado antes de llevar el tema a junta. Sin ese documento, la discusión se convierte en una opinión contra otra.

Cinco pasos para no acabar en conflicto

Cuando aparece la avería, el orden en que se hacen las cosas determina quién termina pagando.

  1. Documente el fallo. Fotos, vídeo del diferencial saltando, fecha y hora. Si hay olor a quemado o chispas, corte el suministro general de inmediato y consulte qué hacer si huele a quemado en el cuadro.
  2. Comunique por escrito. Un WhatsApp sirve como prueba, pero un correo electrónico o un burofax es mucho más sólido. Describa el problema y pida una respuesta en un plazo concreto.
  3. No repare por su cuenta sin avisar. Salvo urgencia real, encargar la reparación sin comunicarlo debilita mucho la posibilidad de repercutir el coste.
  4. Exija un informe técnico, no solo una factura. El informe debe decir cuál era la causa. Ese es el documento que decide el reparto.
  5. Si es urgente y el propietario no responde, el artículo 21.3 de la LAU permite al inquilino realizar las reparaciones urgentes necesarias para evitar un daño inminente y reclamar su importe. Guarde informe y factura.

Este contenido es informativo y no sustituye al asesoramiento jurídico: cada contrato de arrendamiento puede contener cláusulas específicas que modifiquen el reparto dentro de lo que permite la ley.

El informe del electricista es su mejor prueba

Aquí es donde se resuelve casi todo. Un electricista autorizado que revisa la avería puede determinar si el origen es la instalación o un aparato, si el aislamiento del cable está degradado por antigüedad o si hay un punto quemado por sobrecarga puntual. Esa distinción, escrita y firmada, es lo que convierte una discusión en un hecho.

Emitimos informes de diagnóstico que indican causa, tramo afectado y solución recomendada. Sirve tanto al propietario, para justificar una obra necesaria, como al inquilino, para acreditar que no ha sido responsabilidad suya.

En viviendas antiguas conviene ir un paso más allá: si el informe revela que la instalación está agotada, lo razonable no es parchear sino planificar la renovación. Tiene los criterios en nuestro artículo sobre cuándo hay que reformar una instalación eléctrica antigua.

Cuándo llamar a un profesional

Llame sin esperar si detecta olor a quemado, calentamiento de enchufes o del cuadro, chispas al conectar, calambres al tocar electrodomésticos o el grifo, o si el diferencial no rearma. En esos casos no estamos ante una discusión de reparto de gastos, sino ante un riesgo de incendio o de electrocución, y la prioridad es la seguridad.

También conviene una revisión profesional cuando va a firmar un contrato de alquiler, tanto si es propietario como inquilino: dejar por escrito el estado de la instalación al inicio evita el 90% de las discusiones posteriores. Si es propietario y necesita dar de alta el suministro o acreditar el estado de la instalación, tendrá que tramitar el boletín eléctrico correspondiente.

En resumen

En una avería eléctrica en un alquiler, quién paga depende de la causa y no del importe: el propietario responde de la instalación y de todo lo que afecte a la habitabilidad, el inquilino de las pequeñas reparaciones por uso y de los daños que provoque, la comunidad de los elementos comunes y la distribuidora de todo lo anterior a la Caja General de Protección. Un buen diagnóstico técnico ordena ese reparto en cinco minutos.

Si tiene una avería en un piso alquilado en Almería y necesita saber qué ha pasado exactamente, podemos ayudarle. Somos especialistas en averías eléctricas y diagnóstico de instalaciones, emitimos informe técnico y le damos un presupuesto sin compromiso antes de tocar nada. Llámenos y lo vemos.

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